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MINISTERIO DE CIENCIA TECNOLOGIA E INNOCACION DE LA NACION c/ DONMARIO SGR s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La Cámara Contencioso Administrativo Federal Sala II reguló los honorarios profesionales en un proceso judicial entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación y Donmario SGR, elevando la suma a un millón de pesos por la labor en primera instancia y regulando en favor del letrado de la demandada en $454.734 por la actuación en alzada. La decisión se fundamenta en la complejidad del asunto, el monto involucrado y la naturaleza del trabajo, ajustándose a la jurisprudencia y a la valoración prudente de la tarea profesional, con especial énfasis en la responsabilidad, magnitud y calidad jurídica de la labor desarrollada.

Honorarios profesionales Regulacion Camara federal


- Quién demanda: Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación

¿A quién se demanda?

Donmario SGR

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por la labor profesional en el proceso judicial

¿Qué se resolvió?

Se regulan los honorarios en $1.307.360,25 en favor del Dr. Sebastian Eduardo Torres y en $454.734 por la actuación en alzada, sumando al importe los impuestos correspondientes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A fin de tratar los recursos interpuestos; en primer término, cabe señalar que, mediante la regulación de honorarios se busca compensar de modo adecuado la tarea desplegada por los profesionales que se desempeñaron durante la sustanciación de la causa. Para ello debe ponderarse la magnitud del trabajo realizado, el grado de responsabilidad asumido, en concordancia con la complejidad de los intereses económicos en juego y la contribución que cada uno ha aportado para llegar a la solución definitiva del pleito." "La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que el valor del juicio no es la única base computable para las regulaciones de honorarios, las que deben ajustarse al mérito, naturaleza e importancia de la labor profesional (C.S. Fallos: 270:388; 296:124, entre muchos más)." "Sobre la base de las consideraciones precedentemente expuestas, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, resultado y el monto involucrado; atento al valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada en la causa durante las tres etapas del pleito cumplidas, corresponde, elevar a la suma de PESOS UN MILLON los honorarios regulados en favor del profesional." "El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo." "Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo correrá a partir de la fecha en que lo haga."

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