Principal en Tribunal Oral TO02 - IMPUTADO: CARDENAS, CRUZ ERNESTO Y OTRO s/USURPACION (ART.181 INC.1) DENUNCIANTE: FENOGLIO, MARIA LAURA Y OTROS
La Cámara Federal de Comodoro Rivadavia confirmó la responsabilidad de Cruz Ernesto Cárdenas y María Belén Salinas por delitos de usurpación, daño y atentado contra la autoridad en el marco de una ocupación violenta en el Parque Nacional Los Alerces. La decisión sostiene que la conducta fue planificada y coordinada, con uso de violencia y actos ilegales, y que la reivindicación indígena no justifica acciones ilícitas. La sentencia impuso penas en suspenso y reglas de conducta, reafirmando la ilegalidad del despojo y la violencia ejercida.
- Quién demanda: La Administración de Parques Nacionales y la víctima Laura Fenoglio.
¿A quién se demanda?
Cruz Ernesto Cárdenas y María Belén Salinas.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Responsabilidad penal por usurpación, daño agravado, atentado contra la autoridad y lesiones leves en grado de tentativa.
¿Qué se resolvió?
Se confirma la responsabilidad de los imputados en los hechos y se ratifica la valoración probatoria que evidencia la coordinación y violencia en la ocupación del territorio, sin reconocimiento legal ni registral previo, y en violación a la normativa de protección del patrimonio natural y las leyes nacionales e internacionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara enfatiza que los hechos demostraron un plan delictivo común con participación activa y coordinada, con conductas violentas como incendios, ataques a funcionarios y daños materiales, en un contexto de deslegitimación del Estado y sin reconocimiento registral ni cumplimiento de procedimientos administrativos y de relevamiento territorial. La protección constitucional de los derechos indígenas no habilita la vía de hecho ni el uso de violencia, y la ocupación posterior a la legislación vigente carece de antecedentes históricos o de reconocimiento formal, por lo que no habilita la justificación del despojo. La responsabilidad penal de los imputados se acredita con las testimoniales, informes documentales y las acciones concretas de ocupación violenta, en concurso ideal de delitos. La sentencia impone penas en suspenso y reglas de conducta, reafirmando la ilegalidad de los hechos y la necesidad de respetar el orden jurídico vigente.
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