EMERI, JAVIER ANIBAL c/ CAJA DE RETIROS, JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD
La sentencia ordena a la Caja de Retiros, Pensiones y Jubilaciones de la Policía Federal pagar la bonificación prevista en la Ley 19.485 a un retirado residente en la zona delimitada, con retroactividad de dos años desde la presentación de la demanda.
- Quién demanda: Javier Aníbal Emeri
¿A quién se demanda?
Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Liquidación de sumas correspondientes al porcentaje establecido por la Ley 19.485, con diferencias retroactivas y la imposición de costas
¿Qué se resolvió?
Se ordena a la Caja pagar en los haberes del actor, a partir de su próxima liquidación, el coeficiente de bonificación de la Ley 19.485, con retroactividad de dos años desde la demanda, y a practicar la liquidación en 30 días, con costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la normativa de la Ley 19.485, modificada por el Decreto 1472/2008, establece un coeficiente de bonificación para beneficiarios residentes en determinadas zonas, incluyendo la Patagonia. La Corte Suprema y cámaras federales han entendido que la ley comprende a todos los jubilados/pensionados que residan en esas zonas, sin distinción del régimen previsional. La finalidad de la bonificación es promover el crecimiento poblacional en el sur, por lo que debe aplicarse a todos los beneficiarios que residan en el área, independientemente del régimen de origen. Se destacó que la inclusión del régimen de las Fuerzas de Seguridad en la norma se ajusta a la interpretación que favorece derechos previsionales y que la bonificación debe aplicarse sobre todos los rubros remunerativos. La sentencia también cita jurisprudencia concordante y concluye que el actor tiene derecho a percibir la bonificación, con retroactividad de dos años desde la demanda, y que el pago debe hacerse en la próxima liquidación del haber.
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