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E., J. M. c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/PRESTACIONES MEDICAS

La Cámara Federal de Bahía Blanca revocó la decisión de rechazo de la medida cautelar y hizo lugar a la medida solicitada, ordenando la cobertura del sistema de comunicación táctil Irisbond Ukitu, en favor del menor con discapacidad. La sentencia fundamentó que la negativa de la obra social basa en interpretaciones erróneas y cuestiones mercantiles, perdiendo de vista la protección constitucional y legal a la salud y derechos del niño con discapacidad. La decisión consideró que el derecho a la salud, la protección de la infancia y la normativa específica sobre discapacidad, como la Ley 24901, y los tratados internacionales, garantizan la cobertura integral y la protección del menor, asegurando su dignidad y participación social. La resolución destacó que la protección de derechos fundamentales y la obligación del Estado y las obras sociales de garantizar prácticas que mejoren la calidad de vida, son prioritarias frente a intereses comerciales o interpretaciones restrictivas. Se concluyó que la negativa de cobertura solo sería fundada en una interpretación errónea y en cuestiones mercantiles, y que la protección del derecho a la salud y la integridad del menor prevalece.

Discapacidad Derechos constitucionales Cobertura medica Amparo Medidas cautelares Sistema de salud Ley 24901 Proteccion infantil Proteccion del nino Comunicacion tactil

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