E., J. M. c/ GALENO ARGENTINA S.A. s/PRESTACIONES MEDICAS
La Cámara Federal de Bahía Blanca revocó la decisión de rechazo de la medida cautelar y hizo lugar a la medida solicitada, ordenando la cobertura del sistema de comunicación táctil Irisbond Ukitu, en favor del menor con discapacidad. La sentencia fundamentó que la negativa de la obra social basa en interpretaciones erróneas y cuestiones mercantiles, perdiendo de vista la protección constitucional y legal a la salud y derechos del niño con discapacidad. La decisión consideró que el derecho a la salud, la protección de la infancia y la normativa específica sobre discapacidad, como la Ley 24901, y los tratados internacionales, garantizan la cobertura integral y la protección del menor, asegurando su dignidad y participación social. La resolución destacó que la protección de derechos fundamentales y la obligación del Estado y las obras sociales de garantizar prácticas que mejoren la calidad de vida, son prioritarias frente a intereses comerciales o interpretaciones restrictivas. Se concluyó que la negativa de cobertura solo sería fundada en una interpretación errónea y en cuestiones mercantiles, y que la protección del derecho a la salud y la integridad del menor prevalece.
Discapacidad
Derechos constitucionales
Cobertura medica
Amparo
Medidas cautelares
Sistema de salud
Ley 24901
Proteccion infantil
Proteccion del nino
Comunicacion tactil
¿Qué se resolvió en el fallo?
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: