Incidente Nº 7 - IMPUTADO: CABELLO GONZALEZ, NICOLAS NAHUEL s/Audiencia de sustanciación de impugnación (Art. 362)
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la calificación legal y la condena impuesta, rechazando los agravios de la defensa y ordenando el reenvío para que se dicte una nueva sentencia en relación a la unificación de condenas y modalidad de ejecución.
- Quién demanda: Nicolás Nahuel Cabello González (a través de su defensa oficial)
¿A quién se demanda?
La sentencia del Tribunal Federal de Juicio de Mendoza (que condenó a 1 año de prisión por tenencia simple de estupefacientes)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La impugnación de la calificación legal, la pena y la modalidad de ejecución, y la aplicación de doctrina por la tenencia para consumo personal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la calificación legal y la condena, rechazando los agravios y ordenando la revisión de la unificación de condenas y modalidad de la pena, sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara evaluó que la cantidad de droga incautada (158,5 gramos en total) y la forma en que fue acondicionada (escondida en pan y ropa interior) demostraron que no se trataba de una tenencia para consumo personal, sino de una conducta con finalidad ilícita. La valoración de la prueba, los informes periciales y los testimonios respaldaron que la conducta encuadraba en el artículo 14, primer párrafo, de la ley 23.737. La defensa no logró demostrar que la droga fuera solo para consumo personal ni que la calificación legal hubiera sido arbitraria. La Cámara también analizó la solicitud de unificación de condenas, concluyendo que debía hacerse conforme a las reglas del concurso real, dado que los hechos delictivos fueron cometidos antes de la sentencia condenatoria anterior, y que la sentencia anterior ya se encontraba cumplida y firme. La omisión del tribunal de instancia en este punto fue considerada un error, y se ordenó que se dicte una nueva resolución en ese aspecto, sin costas. La valoración de la pena, en particular la imposición de un año de prisión con cumplimiento efectivo, fue considerada adecuada, dado que la cantidad de droga y las circunstancias no permitían aplicar la doctrina del consumo personal. La defensa argumentó que no existían antecedentes y que la pena debía ser menor, pero la Cámara sostuvo que no se acreditaba que la droga fuera solo para consumo personal, y que la cantidad incautada y las circunstancias indicaban una conducta delictiva.
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