VERONESI JAVIER DOMINGO Y OTROS c/ VERONESI S.A. Y OTRO s/ORDINARIO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial confirmó la validez de las asambleas societarias impugnadas y rechazó la nulidad absoluta invocada por los actores, concluyendo que los vicios alegados no afectan el orden público ni la legalidad del acto societario.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia de primera instancia rechazó la demanda de nulidad de las asambleas de Veronesi SA celebradas en 2017 y 2019, ratificando la disolución y liquidación de la sociedad. Los actores alegaron nulidad absoluta por incumplimiento en la notificación personal y participación del administrador judicial en las asambleas. La Cámara analizó los vicios invocados, concluyendo que no afectan el orden público ni la legalidad del acto societario, y que los defectos en la convocatoria no justifican nulidad absoluta, dado que la publicación en el boletín oficial fue suficiente y los accionistas estaban informados. Además, consideró que la participación del administrador judicial en las decisiones societarias fue dentro de sus facultades y no afectó la validez de las asambleas. La Cámara confirmó la resolución y rechazó los agravios, imponiendo las costas a los actores y a la sucesión Veronesi SA.
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