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MAZZINI, ERICA VANINA c/ CHERY SOCMA ARGENTINA S.A. s/ORDINARIO

La Cámara confirmó la responsabilidad de Chery por la entrega de un vehículo defectuoso y la condena a entregar un vehículo nuevo y pagar daño moral, rechazando los agravios vinculados a la reparación del vehículo y la proporcionalidad de la indemnización.

Dano moral Danos y perjuicios Incumplimiento contractual Responsabilidad solidaria Contrato de concesion Responsabilidad del fabricante Concesionario automotor Control y supervision Reparacion de danos. Sistema de distribucion

Actor: Erica Mazzini Demandado: Chery Socma Argentina S.A. Objeto: Condena a pagar $1.750.000 por daños y perjuicios, entrega de vehículo nuevo, indemnización por lucro cesante y daño moral. Decisión: La Cámara confirmó la responsabilidad de Chery, ordenó la entrega de un vehículo nuevo, condenó al pago de $6.225.000 por daño moral, rechazó otros rubros y las costas del proceso. La responsabilidad se fundó en que Chery, como responsable del sistema de distribución, debía responder por las fallas del concesionario Amurcar, que entregó un vehículo canibalizado y en estado no conforme. La sentencia fundamentó que la relación de dependencia y control entre Chery y Amurcar implicaba responsabilidad solidaria en los daños. La reparación del daño moral fue ajustada a la suma de $70.000. La responsabilidad de Chery se sustentó en su deber de control y protección del consumidor, así como en la existencia de un sistema de distribución organizado para garantizar la calidad del producto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El contrato de concesión para la comercialización de automotores es de adhesión y la relación de dependencia y subordinación entre el fabricante y el concesionario impone una obligación de garantía y control por parte del primero. La responsabilidad del concedente puede extenderse ante incumplimientos del concesionario que afecten al consumidor, especialmente en casos donde el sistema de distribución y comercialización está organizado y controlado por el fabricante. La entrega de un vehículo canibalizado y con piezas usadas constituye un incumplimiento contractual y un daño que debe ser reparado por la responsabilidad solidaria de Chery, dado que la relación de dependencia y control establece un deber de vigilancia y garantía."

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