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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en DA PONTE LILIANA MONICA y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires denegó el recurso extraordinario federal presentado por el GCBA contra una resolución del tribunal de instancia que rechazó su queja, fundamentando que la decisión no constituye una sentencia definitiva y que no se demostró un perjuicio irreparable que justifique la revisión en sede federal.

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- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión del rechazo de su recurso de queja en un proceso de empleo público, alegando inconstitucionalidad y vulneración de garantías constitucionales.

¿Qué se resolvió?

Se deniega el recurso extraordinario federal al entender que la decisión que se impugna no es una sentencia definitiva y que el GCBA no cumplió con los requisitos formales y sustanciales para su procedencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría del tribunal sostuvo que la decisión del tribunal de instancia, dictada durante la etapa de ejecución de sentencia, no constituye una sentencia definitiva en los términos del art. 14 de la ley 48, pues fue dictada en esa etapa y no en la de sentencia definitiva. La recurrente no explicó en qué consistiría un perjuicio irreparable o un apartamiento de la sentencia de fondo que justifique una revisión en sede federal. Se citó la doctrina del Tribunal, que establece que las decisiones por las cuales los tribunales locales declaran la improcedencia de recursos en esas instancias, en general, no son susceptibles de revisión extraordinaria por su carácter fáctico y procesal. La recurrente no cumplió con los requisitos formales del art. 3° del reglamento de la ley 48, en particular, no demostró que la decisión impugnada fuera definitiva o equiparable a tal. La otra jueza disidente consideró que el recurso, al tratarse de una resolución que incide en el alcance de la sentencia de fondo y que involucra cuestiones recién introducidas en la etapa de ejecución, podría ser susceptible de revisión por la vía extraordinaria.
- La mayoría concluyó que no corresponden los requisitos para la admisión del recurso extraordinario y, en consecuencia, se deniega, con costas al vencido.

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