GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MOLINARI, CAMILA GRISELDA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EMPLEO PUBLICO-OTROS
La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechazó la queja del GCBA contra la decisión que declaró desierto su recurso de apelación en un proceso de amparo por permisos de ausencia por COVID-19. La decisión se basa en que la queja no presenta agravios constitucionales específicos y remite a cuestiones de orden procesal ajenas a la competencia del tribunal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Camila Griselda Molinari, promovió acción de amparo contra el GCBA solicitando permiso de ausencia con goce de haberes por pertenecer a grupo de riesgo frente a la pandemia de COVID-19, y en subsidiario, teletrabajo. La jueza de grado ordenó cautelarmente el permiso y posteriormente el tribunal de alzada ordenó que se otorgue el permiso y trabajo remoto. El GCBA interpuso recurso de apelación, que la Sala I declaró desierto aplicando los artículos 236 y 237 del CCAyT, y luego planteó recurso de inconstitucionalidad contra esa decisión. La Cámara lo denegó, argumentando que la deserción remite a cuestiones de hecho y derecho procesal, ajenas al recurso de inconstitucionalidad, y que no se presentó una cuestión constitucional o federal que habilite la competencia del Tribunal. La queja del GCBA fue rechazada por el tribunal superior, que consideró que no hubo una crítica suficiente de la resolución interlocutoria ni agravios constitucionales fundados. Fundamentos principales: Los jueces explicaron que la decisión de declarar desierto el recurso de apelación por parte de la Cámara remite a cuestiones procesales que no son objeto del recurso de inconstitucionalidad, que la queja no contiene una crítica argumentada y fundada que rebata los fundamentos de la decisión de la Cámara, y que la mera discrepancia no habilita la revisión por esta vía. Además, se reiteró la jurisprudencia sobre la necesidad de que la queja contenga agravios constitucionales específicos, lo cual no ocurrió. La jurisprudencia citada respalda que los agravios deben presentar una crítica desarrollada y fundada, y que la falta de ello conduce al rechazo del recurso.
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