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PALENQUE BULLRICH DANIEL s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CRIMINAL Y CORRECCIONAL) EN OLIVERA AVELLANEDA, CARLOS RAMON Y OTROS s/ ESTAFA, DEFRAUDACION POR DESBARATAMIENTO Y FALSEDAD IDEOLOGICA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires resuelve elevar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación la disputa de competencia entre este Tribunal y la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional en causa por recurso de inconstitucionalidad denegado. La decisión busca garantizar la seguridad jurídica y la correcta determinación del órgano competente en estos conflictos.

Competencia de la corte suprema Conflicto negativo de competencia Recurso de inconstitucionalidad Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Elevacion de las actuaciones Tsj / cam. nac. cas. crim. y corr.

Actor: El recurso de queja fue interpuesto por Cristian E. Fabris en defensa del Sr. Daniel Palenque Bullrich. Demandado: La Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional y la Corte Suprema de Justicia de la Nación (en su análisis y decisión). Objeto: La revisión de la decisión de la Sala de Turno que declaró improcedente su recurso de inconstitucionalidad y la necesidad de que se resuelva la competencia entre los órganos judiciales. Decisión: Se hace lugar a la queja y se eleva el expediente a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que dirima la contienda de competencia entre este Tribunal y la Sala de Turno de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional. Fundamentos: "Las sentencias del 23 de febrero de 2022 y del 17 de marzo de 2022 expresan posiciones contrarias respecto de la competencia de este Tribunal para conocer sobre recursos de inconstitucionalidad y de hecho contra decisiones de la Cámara Nacional de Casación. La competencia de este Tribunal fue analizada por el TSJ en el precedente 'Levinas', y fue receptada por el art. 4 de la ley nº 6452. La existencia de un conflicto entre ambos órganos judiciales requiere la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para garantizar la seguridad jurídica y la economía procesal. La resolución de la disputa, que involucra la competencia de los órganos judiciales en causas penales, corresponde a la Corte Suprema, en virtud de la doctrina consolidada en 'Bazan', que regula estos conflictos positivos de competencia." En cuanto a los votos, la jueza Alicia E. C. Ruiz no vota por aplicación de la Acordada nº 40/2014.

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