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EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SA (EDESUR SA) s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR S.A. CONTRA DIRECCION GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCION DEL CONSUMIDOR POR RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DE DEFENSA AL CONSUMIDOR

La queja por recurso de inconstitucionalidad del GCBA fue denegada, y se rechazó la solicitud de suspensión del proceso, confirmando la continuidad del trámite. La decisión se fundamenta en la falta de argumentos que justifiquen la excepción a la regla que no suspende el proceso en estos casos.

Multa Recurso extraordinario federal Edesur Apreciacion de la prueba Sanciones administrativas Cuestiones procesales Cuestiones de hecho y prueba Cuestion no federal Direccion general de proteccion y defensa del consumidor Infracciones relacionadas con los derechos del consumidor


- Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
- Demandado: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad por resolución que rechazó la suspensión del proceso y confirmó la sentencia que ordena el pago de diferencias salariales por suplemento en el Hospital General de Agudos “Dr. Cosme Argerich”.
- Decisión del tribunal: Rechazo de la queja y de la solicitud de suspensión del proceso, manteniendo el trámite en curso.
- Fundamentos principales: “La doctrina reiterada del Tribunal establece que la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende, por regla, el curso del proceso (art. 32, ley nº 402). Solo excepcionalmente puede resolverse la suspensión mediante decisión expresa, y en este caso, la parte recurrente no expone argumentos suficientes sobre la magnitud y carácter irreparable del perjuicio que le ocasionaría el cumplimiento de la sentencia cuestionada, lo que justifique una excepción a la regla general. La jurisprudencia de este Tribunal ha sido consistente en rechazar solicitudes de suspensión cuando no se acreditan motivos serios que justifiquen tal excepción.” “La parte recurrente no demuestra que la denegación de su recurso haya sido mal concedida ni que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia. Por ello, corresponde rechazar la petición de suspensión y continuar con el trámite de la queja.”
- Votos relevantes: La decisión fue unificada con los votos de los jueces Weinberg, De Langhe y Otamendi, además del voto del juez Lozano y la jueza Ruiz, quienes coincidieron en que no se acreditaron razones suficientes para suspender el proceso.

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