GCBA S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN ICG CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La Cámara Superior de Justicia denegó el recurso extraordinario federal interpuesto contra una resolución que reenvió el caso para que sea resuelto por otros jueces, argumentando que la decisión impugnada no constituye una sentencia definitiva y que los agravios pueden ser abordados en etapas procesales posteriores.
- Quién demanda: Edgardo Alberto Gómez (defensa)
- A quién se demanda: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
- Qué se reclama: Revisión de la resolución que reenvió el caso para la resolución del recurso de apelación, alegando que la decisión es equiparable a una sentencia definitiva y causa gravamen irreparable.
- Qué se resolvió: Se denegó el recurso extraordinario federal por no reunir los requisitos de admisibilidad, ya que la resolución impugnada no pone fin al proceso ni impide su continuación, y los agravios pueden ser resueltos en etapas posteriores.
- Fundamentos principales:
La doctrina del Tribunal sostiene que las decisiones que solo implican la continuación del proceso no constituyen sentencias definitivas a los efectos del art. 14 de la ley 48.
La recurrente no explicó cómo la resolución afectaba de modo irreparable sus derechos, ni demostró que la decisión excedía el interés de las partes o que implicaba una gravedad institucional.
La invocación de la “gravedad institucional” no fue respaldada con fundamentos precisos que demostraran un impacto en intereses comunitarios o principios constitucionales.
La alegada arbitrariedad y lesiones a derechos constitucionales o tratados internacionales no justifican la admisibilidad del recurso por tratarse de una resolución no definitiva.
La parte recurrente incumplió requisitos formales, como la presentación de la carátula requerida por la normativa.
La resolución fue dictada en conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia, que establece que solo las decisiones que ponen fin al proceso son recurribles en vía extraordinaria.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: