INCIDENTE DE RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN AUTOS VALLEJOS, AIDA RAMONA SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
El Tribunal Superior de Justicia admite la queja por inconstitucionalidad y revoca la sentencia que rechazó el embargo fiscal solicitado por el GCBA. La decisión se fundamenta en la similitud con un caso previo y en la necesidad de garantizar la ejecución fiscal.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Juzgado CAyT interviniente
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La denegatoria del embargo general de fondos y valores mediante el Sistema de Oficios Judiciales (SOJ) en el marco de la ejecución fiscal
¿Qué se resolvió?
Se admite la queja, se hace lugar al recurso de inconstitucionalidad y se revoca la sentencia que rechazó el embargo, remitiendo las actuaciones para dictar una nueva decisión ajustada a la resolución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal remite a su fallo previo en la causa "GCBA s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en GCBA contra Castelucci María Laura" (expte. n° 256874/22-2, sentencia del 12-10-2022), considerando que la cuestión es sustancialmente similar. La resolución destaca: "Por ello, nos remitimos —en lo pertinente— a las razones que expusiéramos en nuestros respectivos votos para esa causa," subrayando la continuidad en la argumentación y en la línea de precedentes que sustentan la admisión del recurso. La decisión se fundamenta en que la denegación del embargo general por parte del juzgado afecta derechos constitucionales del GCBA, y que la resolución del Tribunal busca garantizar la eficacia de la ejecución fiscal, priorizando el interés fiscal y la protección del interés público. Se argumenta que la negativa del juzgado constituye una vulneración a la potestad del Estado en materia de ejecución fiscal, y que la admisión del recurso se realiza con costas en el orden causado. La revocación de la sentencia y el envío de las actuaciones al juzgado para que dicte una nueva resolución refleja la necesidad de ajustar la trámite a los lineamientos del Tribunal, en línea con la jurisprudencia consolidada.
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