GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROJAS, LUIS NORBERTO CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO
El tribunal rechazó la queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra resolución que negó el pago del suplemento “FO.NA.IN.DO.” a docentes, confirmando la validez de esta decisión y sus fundamentos constitucionales.
- Quién demanda: Giselle María Valeria Volpe y otros docentes.
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad de la resolución que negó el carácter remuneratorio y bonificable del suplemento “FO.NA.IN.DO.”.
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la queja por considerar que los argumentos de la recurrente están circunscriptos a interpretaciones de normas infraconstitucionales y no configuran un caso constitucional. La resolución impugnada fue considerada ajustada a la Constitución, en línea con precedentes del Tribunal respecto a la legitimación pasiva del GCBA y la interpretación de la normativa aplicable.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cuestión planteada en autos es sustancialmente similar a la resuelta por este Tribunal in re: 'Magne, Rita Beatriz y otros s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en Magne, Rita Beatriz y otros contra GCBA sobre empleo público (excepto cesantía o exoneraciones)
- genérico', expte. n° 11078/2014-1, resolución del 28/9/2022."
"Por ello, nos remitimos —en lo pertinente— a las razones y a la solución que expusiéramos en nuestros respectivos votos para esa causa."
"El análisis de los argumentos esgrimidos por la parte actora revela que las cuestiones planteadas se circunscriben a interpretaciones de normas de carácter infraconstitucional, en particular la Ley N° 25.053, los Decretos N° 878/99 y N° 1125/99 y las Resoluciones N° 1024/SED/SHyF/99 y N° 1169/SED/SS/SPS/SC/SHyF/99, sin demostrar la concurrencia de un caso de inconstitucionalidad."
"El Tribunal, en virtud del criterio establecido en la jurisprudencia y en línea con la doctrina constitucional, concluye que los argumentos de la parte recurrente no evidencian la existencia de un vicio constitucional que justifique la declaración de inconstitucionalidad de la resolución impugnada."
"Asimismo, la interpretación de la normativa infraconstitucional por parte del GCBA y la valoración de la legitimación pasiva han sido consideradas ajustadas a la Constitución Nacional y la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
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