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ACUÑA, MARIA SOLEDAD s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La sentencia rechaza los recursos de inconstitucionalidad del GCBA respecto a la aplicación del artículo 770 del Código Civil y Comercial y la tasa de interés activa, confirmando la constitucionalidad de las disposiciones y la normativa aplicable en el caso de diferencias salariales por actas paritarias.

Falta de fundamentacion Efecto suspensivo Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad


- Quién demanda: Alberto Alesio Durante, agente del GCBA.
- A quién se demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
- Qué se reclama: Reconocimiento del carácter remunerativo de las sumas en las actas paritarias 75/2015 y 74/2016, pago de diferencias salariales, intereses a tasa activa y capitalización de intereses según el artículo 770 del CCC.
- Qué se resolvió: Se rechazan los recursos de inconstitucionalidad del GCBA, confirmando la constitucionalidad de la normativa aplicada y el fallo de primera instancia, y se ordena el pago de las diferencias salariales con intereses.
- Fundamentos principales: La Sala III sostuvo que la aplicación del artículo 770 inciso b) del CCC resulta adecuada, ya que la demanda fue notificada después de la entrada en vigencia de esa norma, permitiendo la capitalización únicamente de intereses devengados desde el 1 de agosto de 2015 hasta la notificación. La inconstitucionalidad alegada por el GCBA respecto a la tasa de interés activa fue rechazada, ya que la Corte consideró que la disposición transitoria 3ª del artículo 5 de la resolución 152/99 del Consejo de la Magistratura, que pretende hacer obligatorias las doctrinas plenarias, es inconstitucional por alterar la jerarquía de fuentes del derecho. Los jueces confirmaron que la tasa promedio del plenario “Eiben” cumple su función resarcitoria y que la decisión de aplicar esa tasa no es arbitraria ni vulnera principios constitucionales. La Cámara de Apelaciones rechazó los agravios respecto a la tasa de interés, entendiendo que la parte recurrente no aportó un análisis constitucional suficiente, limitándose a expresar disenso. La sentencia también destacó que los recursos del GCBA no demostraron la existencia de un caso constitucional ni que la decisión judicial sea insostenible. La decisión fue respaldada por los votos mayoritarios, y en algunos casos, se hizo referencia a fallos anteriores que ratifican la aplicabilidad del artículo 770 del CCC.

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