AVENIDA RIVADAVIA 6900 SA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (LABORAL) en ROBLES, BALDOMERO c/ AVENIDA RIVADAVIA 6900 S.A. s/DESPIDO
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n° 19 en conflicto de competencia originado en la ejecución de multa impuesta por la Ciudad.
- La parte actora (el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires) promovió la ejecución fiscal de una multa impuesta por la Unidad Administrativa de Control de Faltas.
- Los jueces de los juzgados n° 8 en lo Penal, Contravencional y de Faltas y n° 19 en lo Contencioso Administrativo y Tributario se declararon incompetentes, generándose un conflicto negativo de competencia.
- El Tribunal Superior de Justicia, en virtud del artículo 14 de la ley n° 6192 y precedentes, resolvió que la competencia corresponde a la justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario, en virtud de la modificación legal y la naturaleza del asunto.
- La sentencia fundamenta que la modificación legal y la jurisprudencia aplicable indican que en casos de ejecución de multas administrativas, la competencia debe recaer en el juzgado contencioso administrativo, descartando la competencia penal o contravencional.
- La decisión se basa en que las actuaciones no tenían radicación previa en la justicia administrativa y que la ley 6192 modificó la competencia en estos supuestos.
- La resolución ordena remitir el expediente al juzgado competente y notificar a las partes, dejando sin efecto la incompetencia declarada inicialmente por los juzgados intervinientes.
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