GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VILLAMANDO, HERNAN GABRIEL Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires interpuso queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad en un amparo por acceso a información pública. La Sala rechazó la suspensión del proceso y confirmó que la queja no suspende el trámite, por lo que continúa el proceso.
Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Demandado: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en su carácter de autoridad ante la cual interpone la queja) Objeto: Que se otorgue carácter suspensivo a la queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, solicitando que la suspensión del proceso sea ordenada para evitar vaciamiento de la jurisdicción en caso de ejecución de la sentencia. Decisión: Se rechaza la petición de suspensión del proceso por parte del GCBA, confirmando que la interposición de la queja no suspende automáticamente el trámite del proceso, y que no existen argumentos suficientes para exceptuar la regla general. Fundamentos: La jueza Alicia E. C. Ruiz señaló que, como regla general, la interposición de una queja por recurso de inconstitucionalidad denegado no suspende el curso del proceso y solo en casos excepcionales puede adoptarse una resolución expresa que ordene la suspensión antes de pronunciarse sobre admisibilidad (art. 33, ley n° 402). La recurrente no aportó razones que justifiquen la excepción, y la jurisprudencia del Tribunal establece que la falta de acreditación de motivos para la suspensión lleva al rechazo de la petición (ejemplo: "Correo Oficial de la República Argentina S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado", expte. SAPCyF n° 4808/06). Los jueces Otamendi, Weinberg, De Langhe coincidieron en que no existen argumentos suficientes que justifiquen la suspensión, reiterando que la suspensión solo procede en casos de perjuicio irreparable y que en el presente no se acredita tal situación. El juez Lozano sostuvo que no se mostró que la denegación de la queja sea evidente o que la medida solicitada sea indispensable para preservar la sentencia, por lo que se confirma el rechazo de la solicitud.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: