LANDOLFO, BEATRIZ SILVIA Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en LANDOLFO BEATRIZ SILVIA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)
El Tribunal denegó el recurso extraordinario federal contra la sentencia del Tribunal que rechazó una queja por inconstitucionalidad en empleo público en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires. La decisión se fundamenta en que los agravios no configuran un caso de constitucionalidad ni arbitrariedad, y que las cuestiones planteadas exceden la instancia federal.
¿Quién es el actor?
Docentes José Antonio Vidal, Néstor Norberto Lorenzo, Oscar Luis Tenaglia, Julio César López, Omar Albornoz y Cecilia Idler
¿A quién se demanda?
GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
- Objeto de la demanda: Recurso de queja por inconstitucionalidad respecto de la denegación de un recurso de inconstitucionalidad en empleo público, específicamente sobre el carácter bonificable del rubro FONAINDO en remuneraciones.
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal, afirmando que los agravios no logran configurar un caso de constitucionalidad ni de arbitrariedad, y que las cuestiones planteadas son de orden procesal y normativo local, ajenas a la instancia federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión cuestionada consideró que los agravios no lograban rebatir el auto denegatorio de la inconstitucionalidad, ya que las decisiones sobre la improcedencia de recursos locales son ajenas a la instancia extraordinaria (citas: Fallos 306:885; 308:1577; 311:100; 329:4775).
La revisión de cuestiones procesales, de hecho y normativa local no corresponde a la instancia federal, según la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, citada en fallos relevantes.
Las cuestiones constitucionales invocadas no tienen relación directa y necesaria con la decisión atacada, en línea con la doctrina de Fallos 295:548, 300:468, 301:449, 302:175.
La alegada arbitrariedad no puede ser revisada por este tribunal, dado que se trata de una causal que requiere deficiencias lógicas o ausencia de fundamentos normativos, lo cual no se acredita en este caso.
La recurrente no cumplió con los requisitos procesales establecidos en la normativa de la Corte, en particular los artículos 2° y 3° del reglamento de la Acordada 4/2007, ya que no refutó todos los fundamentos de la sentencia ni demostró vínculo directo e inmediato con las normas federales invocadas.
Por estos motivos, se deniega el recurso extraordinario federal, sin costas por la falta de oposición en tiempo oportuno.
- Votos:
Luis Francisco Lozano: Deniega el recurso por no conectar los agravios con una cuestión federal, en línea con la doctrina de la Corte Suprema.
Santiago Otamendi: Concede parcialmente el recurso, por entender que existe una relación con la
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