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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (CIVIL) en MAURETTE JOSÉ MARÍA JORGE Y OTROS C/ GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTROS S/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA (EXPTE. N° 30372/2010)

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó reactivar el trámite del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el GCBA contra una resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, por considerar que la denegatoria previa violaba el debido proceso y la normativa vigente. La decisión destaca la necesidad de respetar el procedimiento legal y la admisibilidad del recurso, dejando sin efecto resoluciones previas que omitieron el traslado y el juicio de admisibilidad, y ordenando a la Cámara que otorgue el traslado correspondiente.

Plazos procesales Plazo perentorio Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Interposicion extemporanea


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala G)
- Objeto de la demanda: Recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que denegó su admisibilidad
- Decisión del tribunal: Dejar sin efecto la resolución que denegó el recurso y ordenar que la Sala G otorgue el traslado del recurso de inconstitucionalidad para que sea analizado en cuanto a su admisibilidad, respetando el procedimiento legal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces señalaron que la resolución denegatoria del recurso de inconstitucionalidad del GCBA no consideró lo resuelto en precedentes del Tribunal y que la Cámara no dio traslado ni realizó el juicio de admisibilidad conforme a los artículos 27 y 28 de la ley n° 402. Se recordó que el tribunal tiene competencia para conocer de estos recursos (artículo 113, incisos 3° y 4° de la Constitución de la Ciudad y ley n° 402), y que la omisión de dar traslado viola el derecho de defensa y el sistema procesal. Además, se subrayó que la decisión de la Cámara de no sustanciar el recurso en forma adecuada era contraria a la normativa y que dicha omisión compromete la garantía del debido proceso."
- Voto del juez Lozano: Resaltó que la omisión de dar traslado viola el derecho de defensa y que la decisión de la Cámara fue arbitraria, por lo que corresponde dejar sin efecto la denegatoria y devolver las actuaciones para que se siga el procedimiento legal.
- Fundamento adicional: Se enfatizó que la celeridad en la resolución del conflicto y la correcta sustanciación del recurso contribuyen a la administración efectiva de justicia, y que la Corte deberá eventualmente resolver sobre las competencias en juego.

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