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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en BARREYRO, EDUARDO DANIEL CONTRA GCBA SOBRE ACCESO A LA INFORMACION (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL)

La Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil debe conferir traslado del recurso de inconstitucionalidad del GCBA para su consideración, tras denegar in limine ese recurso, en cumplimiento del sistema recursivo y la ley 402.

Fundamentacion del recurso Interpretacion de la ley Falta de fundamentacion Cuestiones de hecho y prueba Acceso a la informacion publica Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional


¿Quién es el actor?

Juan Octavio Gauna (fallecido, continuado por su esposa e hijo)

¿A quién se demanda?

Francisco Muan (titular del sepulcro en la Recoleta)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de prescripción adquisitiva del sepulcro, ubicado en el cementerio de la Recoleta, en las parcelas 1, 2 y 3 del Tablón n° 42, Sección 11.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la excepción de incompetencia del GCBA y rechazó el recurso de inconstitucionalidad por inadmisibilidad. El Tribunal Superior de Justicia, en atención a la queja del GCBA, dejó sin efecto la denegación del recurso y ordenó que la Sala K conceda traslado del recurso de inconstitucionalidad, para que sea considerado en el marco del sistema legal vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala K de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil no dio traslado del recurso de inconstitucionalidad del GCBA ni realizó el juicio de admisibilidad, en contravención a los artículos 27 y 28 de la ley 402 y a lo resuelto en sentencias previas del Tribunal en casos similares, como el fallo "Levinas". La jurisprudencia del Tribunal ha afirmado la competencia para conocer de las quejas y recursos de inconstitucionalidad contra resoluciones de tribunales nacionales, en relación con la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. La resolución del 30 de septiembre de 2020 en "Levinas" sostuvo que “este Tribunal afirmó su competencia para conocer de los recursos de inconstitucionalidad y de las quejas (establecidos en el artículo 113, incisos 3° y 4° de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y reglamentados por la ley n° 402) contra las resoluciones dictadas por tribunales de la justicia nacional ordinaria en supuestos como el del presente juicio”. La denegación del recurso en la instancia inferior viola estos principios, por lo que la Sala K debe garantizar el cumplimiento del procedimiento legal, otorgando traslado y oportunidad de que las partes se pronuncien sobre su admisibilidad, en línea con la jurisprudencia y el rol del tribunal en la materia.

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