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RODRIGUEZ MONCALVO, MARIANO LUIS Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en RODRIGUEZ MONCALVO MARIANO LUIS Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

El Tribunal deniega el recurso extraordinario federal por improcedente, considerando que los agravios no configuran una cuestión federal y que los aspectos planteados son de naturaleza procesal y normativa local, ajenos a la vía extraordinaria. La decisión destaca que los fundamentos invocados no logran conectar con una cuestión constitucional sustancial y que la doctrina de la arbitrariedad no resulta aplicable en el caso, además de que no se cumplió con los requisitos formales establecidos por la ley.

Recurso extraordinario federal Diferencias salariales Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Cuestion no federal


- Actor: Docentes Rodolfo Flavio Prato, Omar Eduardo Acuña, Laura Fabiana Vilariño Rey, Nilda Irene Fazio, María Laura Menéndez, Ana María Criscuolo, Hebe Susana Losasso, Hilda Rut González Arrili y Nora Beatriz Di Vanni.
- Demandado: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
- Objeto de la demanda: Recurso de queja por inconstitucionalidad denegado en primera instancia, en relación con empleo público (sin cesantía ni exoneración), específicamente cuestionando la improcedencia del reclamo y la interpretación de la normativa local respecto del carácter bonificable del suplemento salarial FONAINDO.
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal por entender que los agravios no configuran una cuestión constitucional federal, sino cuestiones procesales y de normativa local, ajenas a la instancia de revisión federal. Además, se señala que los requisitos formales del recurso no fueron cumplidos y que la doctrina de la arbitrariedad no es aplicable en el caso, pues los agravios no muestran deficiencias lógicas ni ausencia de fundamento normativo que justifiquen una revisión en sede federal.
- Fundamentos principales: La sentencia afirma que la revisión de cuestiones fácticas, la interpretación de normas no federales y la valoración de hechos son asuntos que escapan del ámbito del recurso extraordinario. Se cita doctrina de la CSJN que sostiene que la existencia y alcance de las pretensiones corresponden a los jueces de la causa y que cuestiones ajenas a la interpretación constitucional no califican como cuestiones federales. Además, la omisión en el cumplimiento de los requisitos formales para la interposición del recurso y la falta de relación directa e inmediata con cuestiones constitucionales sustanciales justifican el rechazo del mismo. La doctrina de la arbitrariedad, que busca casos de deficiencias lógicas o ausencia de fundamento normativo, no resulta aplicable dado que los agravios no cumplen con los requisitos estrictos para su configuración y que la sentencia no presenta una arbitrariedad manifiesta.

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