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PRATO, RODOLFO FLAVIO Y OTROS S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO EN PRATO RODOLFO FLAVIO Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Cámara Superior denegó el recurso extraordinario federal por cuestiones procesales y de competencia; parcialmente concedió en relación con la interpretación del carácter bonificable del suplemento FONAINDO, confirmando la decisión de la sentencia en los demás aspectos. La decisión se fundamenta en la naturaleza fáctica y normativa local de las cuestiones planteadas y en la doctrina de la Corte en materia de admisibilidad del recurso federal.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Diferencias salariales Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Fondo nacional de incentivo docente Caracter no remunerativo Cuestion no constitucional Cuestion no federal Fundamentacion por remision a precedente Adicionales de remuneracion


- Quién demanda: Docentes Rodolfo Flavio Prato, Omar Eduardo Acuña, Laura Fabiana Vilariño Rey, Nilda Irene Fazio, María Laura Menéndez, Ana María Criscuolo, Hebe Susana Losasso, Hilda Rut González Arrili y Nora Beatriz Di Vanni.
- A quién se demanda: GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
- Qué se reclama: Recurso extraordinario federal contra sentencia del Tribunal del 2 de noviembre de 2022, en relación con la denegación del recurso de inconstitucionalidad y la cuestión del carácter bonificable del suplemento FONAINDO en el marco de empleo público (no cesantía ni exoneración).
- Qué se resolvió: La Cámara denegó el recurso en la mayoría de los aspectos, pero concedió parcialmente respecto a la interpretación del carácter bonificable del suplemento FONAINDO, ordenando que se registre, notifique y remita la causa. Fundamentos: La sentencia señala que, en virtud de la doctrina reiterada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las decisiones que declaran la improcedencia de recursos de orden local son ajenas a la instancia extraordinaria, por tratarse de cuestiones fácticas y normativas locales. Se recuerda que los agravios constitucionales no guardan relación directa con cuestiones federales y que la revisión de cuestiones de hecho o normas locales no corresponde al recurso federal. Además, se destaca que los argumentos sobre la bonificación del suplemento FONAINDO se refieren a normas locales y cuestiones de prueba y normativa, que no habilitan la vía extraordinaria. Solo en el aspecto vinculado a la interpretación del carácter bonificable del suplemento se concede parcialmente el recurso, dado que la relación con normas federales fue suficientemente argumentada.
- Votos:
- Marcela De Langhe, Inés M. Weinberg y Alicia E. C. Ruiz: Denegaron el recurso en su totalidad.
- Luis Francisco Lozano: Denegó en general, salvo en relación con la interpretación del carácter bonificable del FONAINDO, donde concedió parcialmente.
- Santiago Otamendi: Concedió parcialmente el recurso en relación con la interpretación del carácter bonificable del suplemento, y rechazó en los demás aspectos.

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