INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS ROJAS, YESICA NOEMI Y OTROS SOBRE 89 - LESIONES LEVES
La regulación de honorarios de la abogada María Silvina Marengo por su actuación en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA fue ajustada a los parámetros legales y principios de proporcionalidad, fijando un monto de $652.380 más IVA, considerando las etapas y tareas desarrolladas.
- Quién demanda: Actora, representada por María Silvina Marengo (abogada y apoderada).
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por la labor profesional en la contestación del recurso extraordinario federal, incluyendo etapas posteriores a la sentencia definitiva y en su ejecución.
¿Qué se resolvió?
Se regulan los honorarios en la suma de $652.380 más IVA, considerando la totalidad de la labor y los principios de proporcionalidad y razonabilidad, ajustados a los parámetros legales y las reglas de la ley 5134.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los honorarios por la labor en la segunda o ulterior instancia se regulan del 30% al 40% de la cantidad que se fije en primera instancia, pero en este caso la suma total regulada de $1.332.300 incluye tareas en etapa posterior a la sentencia definitiva. La ley 5134 establece que esas tareas complementarias no pueden superar una tercera parte de la regulación principal. Siguiendo esta regla, se consideró una base de $333.075 para esas tareas, y se aplicó un porcentaje del 35% para determinar la regulación final, ajustándose a los principios de proporcionalidad y razonabilidad, y evitando distorsiones por regulaciones desproporcionadas." "El principio de proporcionalidad y razonabilidad en la regulación de honorarios garantiza el acceso a la justicia y evita costos excesivos, ponderando aspectos como la complejidad, la extensión y el resultado del trabajo." "Se destaca que la normativa y la práctica judicial prevén una única regulación por instancia, y que la regulación de honorarios en la apelación debe ajustarse a los parámetros legales, sin automatismos que impliquen mínimo legal en todos los casos."
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