INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS DI PIETRO, ALBERTO MARTIN SOBRE 89 - LESIONES LEVES
La sentencia declara la competencia del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un incidente de competencia originado por la discusión sobre si el hecho investigado, relacionado con la presentación de un certificado médico presuntamente apócrifo, corresponde a la jurisdicción local o a la federal. El tribunal ratifica su competencia y ordena su registro y notificación.
- Quién demanda: No aplica, es un incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No se demanda en este incidente, sino que se resuelve sobre la competencia jurisdiccional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión de competencia entre los juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23 y el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 57 respecto a un hecho ocurrido el 19 de diciembre de 2022, en el que se presentó un certificado médico presuntamente apócrifo por parte de un policía de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara su competencia en el incidente y ordena el registro, notificación y remisión del expediente al juzgado competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los jueces Luis Francisco Lozano, Marcela De Langhe y Santiago Otamendi dijeron: Por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto reseñados en el punto 6 del título Resulta, a los que remitimos por razones de brevedad, corresponde asignar competencia al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23." "La jueza Alicia E. C. Ruiz dijo: 1. El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23 remite las presentes actuaciones en atención al criterio fijado por la Corte en 'Bazán' (Fallos: 342:509) en cuanto sostuvo que cuando la contienda se produce entre magistrados con competencia no federal que ejercen su jurisdicción en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el órgano encargado de conocer tales conflictos. Sin perjuicio de mantener la discrepancia con lo dispuesto por la Corte que expresara en mi voto in re 'Petruccelli', expte. n° 16551/19, resolución del 7/10/2019, y dado que es opinión mayoritaria y coincidente de los restantes miembros del Tribunal aceptar la atribución de competencia, corresponde que me expida sobre la cuestión planteada." "La juez Inés M. Weinberg dijo: Por los fundamentos expresados en mi voto en 'Petrucci', expte. nº 17897, resolución del 16/09/2020, corresponde declarar la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 23." "Por ello, de conformidad con
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