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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SILVA MORA, GRICELDA CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

La queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en causa de amparo por acceso a vivienda digna fue rechazada por insuficiencia argumentativa y por no demostrar arbitrariedad o gravedad institucional, confirmando la sentencia que rechazó el recurso del GCBA.

Personas con discapacidad Situacion de vulnerabilidad Cuestiones de hecho y prueba Subsidio habitacional Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho a la vivienda digna

Que se le proveyese una solución habitacional estable y permanente, con aumento del subsidio para pagar alquiler y deuda acumulada.
- Decisión del tribunal: La queja fue rechazada por no plantear una cuestión constitucional ni acreditar arbitrariedad o gravedad institucional en la decisión judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja fue interpuesta en tiempo y forma, pero no rebate la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad ni acredita la existencia de un supuesto constitucional. La doctrina de la CSJN sobre los fundamentos que deben expresar las quejas por recursos denegados fue aplicada, señalando que las invocaciones genéricas solo muestran disconformidad y no conectan con las razones de la sentencia. La tacha de arbitrariedad requiere que los errores sean de gravedad extrema, lo cual no ocurrió en este caso. La referencia a la "gravedad institucional" no fue respaldada con fundamentos suficientes. La sentencia de primera instancia y la confirmatoria de la Cámara fueron consideradas fundadas y basadas en normas constitucionales, sin deficiencias lógicas o de fundamentación. Se reiteró que los agravios del GCBA remiten a cuestiones de hecho, valoración de la prueba y normativa infraconstitucional, que no configuran arbitrariedad. La jurisprudencia citada y los argumentos presentados no lograron demostrar que la resolución atacada sea arbitraria o violatoria de derechos constitucionales.
- Fundamentación adicional: La sentencia ratificada garantizó el acceso a una vivienda digna hasta que las circunstancias de emergencia hayan sido superadas, en línea con la normativa y la jurisprudencia vigente. La queja fue considerada infundada, y el tribunal sostuvo que la decisión de la Cámara fue jurídicamente posible, con fundamentos suficientes y en conformidad con la ley y la Constitución.

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