MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en DECIMA, CELESTINO ANTONIO SOBRE 292 2°PARR - FALSIFICACIÓN DE DOCUMENTO DESTINADO A ACREDITAR IDENTIDAD DE PERSONAS /HABILITACIÓN PARA CIRCULAR O TITULARIDAD DE AUTOMOTOR
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 5 en incidente de competencia por conflicto entre juzgados no federales. La decisión se basa en los precedentes de la Corte Suprema y en la normativa local, confirmando la atribución del tribunal para dirimir el conflicto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, en este caso, los jueces de los juzgados nacionales en lo criminal y correccional nº 17 y en lo penal, contravencional y de faltas nº 5, discutieron sobre la competencia para entender en una causa por amenazas.
- La denuncia fue presentada por una víctima contra su expareja, donde se relataron amenazas graves, incluyendo referencias a violencia física y muerte, con fecha 30 de septiembre de 2022. La causa inicialmente intervino en el Juzgado de Garantías nº 8 de Lomas de Zamora, que se declaró incompetente por razón territorial, y posteriormente fue remitida al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 17.
- El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 17 consideró que la causa correspondía a la justicia local, en virtud del artículo 149 bis del Código Penal, y declinó su competencia en favor de la justicia porteña.
- El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 5 rechazó la declinatoria por considerar prematura la decisión, dado que la denuncia era la única prueba en el expediente.
- El Tribunal Superior de Justicia, en virtud del precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), y en atención a la normativa local y a la jurisprudencia, declaró la competencia del juzgado en lo penal, contravencional y de faltas nº 5, en el marco de la competencia del Tribunal en conflictos de competencia entre juzgados de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- La decisión se fundamenta en que, en conflictos entre juzgados no federales que ejercen jurisdicción en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior de Justicia resolver la competencia. La mayoría de los jueces coincidieron en que la atribución corresponde al tribunal en virtud del criterio establecido por la jurisprudencia y la normativa local.
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