INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS CUENCA, RAMÓN ANTONIO SOBRE 149 BIS - AMENAZAS s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y Relaciones de Consumo fue revocada por el Tribunal Superior por interpretar de manera errónea la normativa en materia de derechos sociales y vivienda. La sentencia original extendía indebidamente la protección a un grupo no incluido en las leyes vigentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora demanda una solución habitacional definitiva, y la sentencia de grado hizo lugar a la amparo y ordenó al GCBA otorgar un alojamiento adecuado. La Cámara interpretó que la vulnerabilidad social era suficiente para la protección del derecho a la vivienda, basándose en leyes 3706 y 4036.
- El Tribunal Superior señaló que la interpretación de la Cámara fue excesiva y no respeta la normativa vigente (art. 31 de la CCABA, leyes 3706, 4036, 4042 y decreto 690/06). La ley 4036, en particular, regula derechos específicos y no obliga al Estado a brindar alojamiento a todos los vulnerables, sino a ciertos grupos, como mayores de 60 años o personas con discapacidad, y en casos de violencia de género.
- La sentencia de la Cámara extendió la protección a un grupo que no se encuentra en los supuestos previstos por la ley, constituyendo un apartamiento manifiesto de la normativa. Se revoca la sentencia y se devuelve la causa para que la Cámara reexamine la situación con base en las categorías legales.
- La decisión se basa en que la protección de derechos sociales es operativa en forma derivada, y su implementación requiere normas específicas que no fueron acreditadas en este caso.
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