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MSE s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en MSE CONTRA GCBA SOBRE RECURSO DIRECTO DE REVISION POR CESANTIAS Y EXONERACIONES DE EMPLEADOS PUBLICOS (ART. 464 Y 465 CAYT)

La Sala del Tribunal Superior de Justicia rechaza la queja por denegación de recurso de inconstitucionalidad contra resolución interlocutoria en procedimiento por cesantía y exoneraciones laborales. La decisión se fundamenta en que la resolución impugnada no es definitiva y que los agravios no configuran un perjuicio irreparable.

Fundamentacion del recurso Salud mental Sentencia definitiva Medidas cautelares Falta de fundamentacion Cesantia Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Suspension del acto administrativo

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Eduardo Moreira Suquilvide, interpuso recurso directo de revisión contra la resolución que sancionó su cesantía por incumplimiento de obligaciones establecidas en la ley 471, solicitando medidas cautelares, incluyendo suspensión del acto y reincorporación, por la necesidad de cobertura médica y sustento económico. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo rechazó la medida cautelar, argumentando que la documentación y las manifestaciones del actor no demostraban con suficiente verosimilitud la ilegitimidad del acto y que las cuestiones planteadas eran de valoración de hechos y prueba, privativas del tribunal de mérito. El actor planteó recurso de inconstitucionalidad, alegando arbitrariedad y perjuicio irreparable por la privación de ingresos y vulneración de derechos constitucionales, pero la Sala III del Tribunal Superior de Justicia rechazó el recurso por considerarlo improcedente, ya que la resolución impugnada no era definitiva y no se configuraba un perjuicio irreparable. La sentencia señala que las decisiones sobre medidas cautelares no son susceptibles de recurso de inconstitucionalidad, salvo que produzcan un perjuicio de magnitud que justifique su equiparación a una sentencia definitiva. Además, se destaca que la invocación de agravios constitucionales no reemplaza la necesidad de un pronunciamiento definitivo para la revisión del fondo. Fundamentos principales: "La decisión cuestionada no era una sentencia definitiva en los términos del art. 27 de la ley 402 y no se advertía un perjuicio sobre los derechos constitucionales invocados que pudiera ser considerado como irreparable al momento de dictarse la sentencia de fondo; lo cual resultaba un óbice para el andamiento del recurso articulado." (punto 3 del voto conjunto). "Las resoluciones dictadas sobre medidas cautelares, ya sea que las acuerden, mantengan o denieguen, no son susceptibles de revisión por la vía del recurso de inconstitucionalidad, por no constituir sentencia definitiva." (punto 4 del voto conjunto). "La invocación de arbitrariedad o de desconocimiento de garantías constitucionales no autoriza a prescindir de la existencia de pronunciamiento definitivo." (punto 4 del voto conjunto). "Corresponde rechazar la queja por no configurarse un supuesto de sentencia definitiva ni un perjuicio irreparable." (punto 1 del voto de Luis Lozano).

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