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SCATTINI, ROBERTO PABLO s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SCATTINI, ROBERTO PABLO CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

El tribunal rechazó la queja por inconstitucionalidad contra la inadmisibilidad del recurso y negó el efecto suspensivo solicitado para preservar la posible sentencia definitiva. La decisión se fundamenta en la inexistencia de un daño irreparable y en la insuficiencia de fundamentación de la solicitud.

Recurso de apelacion Desercion del recurso Fundamentacion del recurso Falta de fundamentacion Fondo compensador Cuestiones procesales Cuestiones de hecho y prueba Empleo publico Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Procuracion general de la ciudad de buenos aires

Actor: Los abogados Juan Manuel Rocha y Nicolás Lucas Hartenstein en representación de sus clientes. Demandado: La Sala III del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Objeto: La admisión del recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Sala III que declaró inadmisible dicho recurso, y la suspensión de los efectos de la resolución. Decisión: Se rechazó la solicitud de efecto suspensivo del recurso de queja y se confirmó la inadmisibilidad del recurso de inconstitucionalidad. El tribunal consideró que no existía una vulneración constitucional ni una situación que justificara la suspensión de la decisión impugnada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte recurrente ha peticionado que el Tribunal haga excepción a la regla según la cual la queja no suspende la ejecución de la decisión contra la que se interpuso el recurso de inconstitucionalidad (cf. art. 33, ley nº 402); sin embargo, no muestra que sea evidente que su recurso de inconstitucionalidad hubiera sido mal denegado, así como tampoco que la medida solicitada sea indispensable para preservar los efectos de la sentencia que pudiera emitir este Tribunal, de prosperar sus planteos." "En consecuencia, corresponde denegar el efecto suspensivo." "Asimismo, la solicitud de efecto suspensivo no cumple con la carga de una adecuada y suficiente fundamentación capaz de sostener la excepcionalidad contemplada en el art. 33 de la ley nº 402." "Por ello, el Tribunal Superior de Justicia resuelve: rechazar la solicitud de efecto suspensivo y ordenar el registro y notificación de la resolución."

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