AUTOMÓVILES LAMBORGHINI LATINOAMÉRICA S.A. DE C.V Y OTRO S/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO (COMERCIAL) EN AUTOMOBILES LAMBORGHINI LATINOAMERICA SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE Y OTRO C/ AUTOMOBILI LAMBORGHINI SPA Y OTROS S/ MEDIDA PRECAUTORIA (EXPTE. N° 30101/2019)
La Cámara del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires ordena reabrir el recurso de inconstitucionalidad del GCBA y concederle traslado para que pueda sustanciar su impugnación conforme a la ley. La decisión se basa en que el rechazo previo fue arbitrario y contraviene la normativa local y la jurisprudencia.
¿Quién es el actor?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
- Objeto de la demanda: Impugnar la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que rechazó su queja por apelación denegada en un proceso de multa por incumplimiento de órdenes judiciales relacionadas con determinación de capacidad.
- Decisión del tribunal: La Cámara del Tribunal Superior de Justicia dejó sin efecto el auto que denegó el recurso de inconstitucionalidad y ordenó a la Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que otorgue traslado del recurso para que se pronuncie sobre su admisibilidad, cumpliendo así con los procedimientos previstos en la ley n° 402.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia del 30 de septiembre de 2020 en el expediente "Levinas, Gabriel Isaías" afirmó la competencia del Tribunal para conocer recursos de inconstitucionalidad y quejas contra resoluciones de tribunales nacionales, en línea con la jurisprudencia de la CSJN, especialmente los fallos “Bazán” y “Strada”.
La denegatoria del recurso por parte de la Cámara no consideró las resoluciones previas del Tribunal y no dio traslado ni realizó juicio de admisibilidad, lo cual contraviene los artículos 27 y 28 de la ley n° 402.
El auto denegatorio, en función de su carácter procesal, no es la resolución definitiva a la que se refiere el art. 27 de la ley n° 402, por lo que corresponde dejar sin efecto y requerir la realización del traslado del recurso de inconstitucionalidad.
La decisión de la Cámara fue arbitraria, ya que se basó en afirmaciones dogmáticas sin sustento objetivo y no respetó las normas sobre competencia y procedimiento legal.
La ley local y la jurisprudencia del Tribunal establecen que el Tribunal Superior de Justicia es competente para revisar este tipo de recursos y que la denegatoria en este contexto vulnera derechos constitucionales del GCBA, como el derecho de defensa, propiedad y debido proceso.
- Fundamentos del voto mayoritario: La decisión se fundamenta en que la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad fue arbitraria y en contradicción con la jurisprudencia, por lo que se deja sin efecto y se ordena que la Sala A de la Cámara otorgue traslado para su ulterior análisis.
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