GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VERDUN COLMAN, MAYRA TAMARA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)
La queja del GCBA por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por el Tribunal, que consideró que los agravios no demostraron arbitrariedad ni gravedad institucional, y que la sentencia de primera instancia se sustentó en fundamentos jurídicos sólidos.
Actor: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA) Demandado: Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en su carácter de órgano que resolvió la queja) Objeto: Que se deje sin efecto la resolución que denegó su recurso de inconstitucionalidad y que se declare la constitucionalidad de la resolución en cuestión. Decisión: La queja del GCBA fue rechazada, confirmando la resolución que negó el recurso de inconstitucionalidad, por entender que no se acreditaron agravios suficientes ni cuestiones constitucionales que ameriten revisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Los jueces consideraron que la queja fue interpuesta en tiempo y forma, pero no logró rebate suficiente la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad, ni acreditó la existencia de un caso constitucional (arts. 113 inc. 3 de la CCABA y 27 de la ley 402). La doctrina de la CSJN sobre los fundamentos que deben expresar las quejas por recursos denegados fue aplicada, resaltando que las invocaciones genéricas a garantías constitucionales no configuran una disconformidad suficiente. La referencia a la “gravedad institucional” no fue respaldada por fundamentos que demuestren cómo la decisión afecta intereses de la comunidad o principios constitucionales. La sentencia de la Cámara se fundamentó en que la resolución resistida se sustentó en fundamentos jurídicos y en la valoración de la situación de vulnerabilidad de la parte actora, sin que los agravios del GCBA evidencien errores de gravedad extrema o arbitrariedad. Finalmente, se concluye que la resolución impugnada fue fundada en ley, con fundamentos suficientes, y que los agravios vertidos no logran demostrar deficiencias en su fundamentación, por lo cual corresponde rechazar la queja.
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