GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en VALIÑA ROSA NELIDA y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)
Tribunal Superior regula honorarios a la abogada María Silvina Marengo por actuación en recurso extraordinario federal, fijando en $1.325.676,90, considerando la complejidad y monto del caso, con ajuste por intereses y IVA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, representada por María Silvina Marengo, solicitó la regulación de honorarios por su labor en la contestación del recurso extraordinario federal interpuesto por el GCBA contra la sentencia que rechazó la queja por inconstitucionalidad.
- El Tribunal reguló los honorarios en un monto total de $1.325.676,90, tras aplicar las reglas del art. 30 de la ley 5134 y considerar la importancia, mérito, novedad, complejidad y eficacia del trabajo realizado.
- La decisión se fundamenta en la valoración de la actividad profesional, ajustándose a los límites establecidos por la ley de aranceles y incluyendo intereses y IVA si correspondiere.
- La regulación contempla además el pago en el plazo de 10 días desde la aprobación de la liquidación, con intereses moratorios en caso de mora.
Fundamentos principales:
"En virtud del art. 30 de la ley 5134, las actuaciones en segunda o ulterior instancia se regularán en un 30% a 40% de la cantidad fijada en primera instancia. La suma regulada en primera instancia fue de $117.800 y la Cámara redujo los honorarios a esa base. La aplicación del máximo del arancel resulta inferior al mínimo legal, por lo que se fija en $883.784,60 por actuación y $441.892,30 por labor de apoderada, totalizando $1.325.676,90, más IVA si correspondiere."
"En mérito a los trabajos desarrollados, estimo apropiado regular los honorarios en la suma de $1.325.676,90, considerando la actividad desplegada y los límites legales, incluyendo intereses desde la resolución de primera instancia."
"El pago deberá efectuarse en 10 días y, en caso de mora, se adicionarán intereses moratorios conforme a la ley 5134."
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