Logo

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BUASSO, MARTIN MIGUEL Y OTROS s/INFRACCION ART. 145 BIS 1° PARRAFO (SUSTITUIDO CONF. ART 25 LEY 26.842) y PROSTITUCION CON FINES DE LUCRO (ART 127) (SUSTITUIDO CONF. ART.23 LEY 26.842)

La Cámara Federal de Casación Penal resuelve rechazar las excusaciones formuladas por los jueces Yacobucci y Mahiques, y aceptar la excusación de la jueza Ledesma y el juez Slokar, garantizando así la imparcialidad del tribunal en la causa “Buasso, Martín Miguel y otros s/recurso de casación”. La decisión se fundamenta en que las excusaciones se ajustan a los parámetros constitucionales y convencionales, y que las circunstancias no afectan la imparcialidad del magistrado Petrone.

Recusacion Excusacion Recurso de casacion Imparcialidad judicial Integracion tribunal Garantia constitucional Imparcialidad del juez Camara federal de casacion Excusaciones Garantias constitucionales.

Quién demanda: La parte que interpuso el recurso de casación en la causa “Buasso, Martín Miguel y otros s/recurso de casación”.

¿A quién se demanda?

La Cámara Federal de Casación Penal, en su Sala II.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La revisión de las excusaciones y la integración del tribunal para garantizar imparcialidad.

¿Qué se resolvió?

La Cámara rechazó la excusación del juez Daniel A. Petrone y aceptó la excusación de los jueces Angela E. Ledesma y Alejandro W. Slokar, en línea con los lineamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y los estándares internacionales de garantía del juez imparcial. Fundamentos principales de la decisión: “El tribunal, en ejercicio de sus facultades, evaluó los motivos de excusa y recusación presentados, y concluyó que los motivos invocados por los jueces Ledesma y Slokar otorgan suficiente sustento para su apartamiento, en tanto que los motivos esgrimidos por Petrone no se encuentran dentro de las causales del artículo 55 del Código Procesal Penal de la Nación ni corresponden a causales de recusación previstas en la doctrina del máximo tribunal. La intervención en carácter de presidente del Tribunal Oral en lo Criminal Federal nro. 2 en un expediente distinto, y la participación en un incidente de devolución, no afectan la imparcialidad del magistrado, en tanto no exista causal objetiva que lo comprometa.” “En consecuencia, la recusación de Petrone fue rechazada, y la excusación de Ledesma y Slokar fue aceptada, garantizando así la garantía de imparcialidad y la correcta integración del tribunal según los lineamientos constitucionales y convencionales."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar