/ACOSTA JOSE LUIS/SFEIR LUIS MARIA/ c/ TRANSPORTE AUTOMOTOR RIACHUELO S.A. (T.A.R.S. Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a transportes y aseguradora a indemnizar a la víctima por lesiones en un ataque en un colectivo. La Cámara modificó el interés a tasa del 8% desde la mora y hasta la sentencia, y a tasa activa desde la fallo hasta el pago, confirmando en todo lo demás la decisión de grado.
indemnización por lesiones sufridas en un ataque con arma blanca el 4 de octubre de 2009 en un colectivo, por la negligencia del conductor y la responsabilidad de la aseguradora.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación y modificó la tasa de interés, manteniendo la condena y el monto indemnizatorio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a los demandados a pagar $3.529.000, con intereses. Los agravios de las partes fueron considerados insuficientes, ya que no fundamentaron adecuadamente su disenso, limitándose a afirmaciones genéricas y desacuerdos subjetivos. La Cámara sostuvo que la crítica debe ser concreta y fundamentada, no una mera disconformidad o citas jurisprudenciales sin análisis del caso concreto. Respecto a los intereses, se determinó aplicar una tasa del 8% desde la mora hasta la sentencia, y tasa activa desde la fallo hasta el pago, salvo para el rubro “tratamiento psicológico” que devenga intereses desde la sentencia. La modificación en la tasa responde a la actualización de las circunstancias económicas y jurisprudencia reciente del máximo tribunal.
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