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LEDESMA MARCELO FABIO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIEGOS DE TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL

La Cámara de San Martín confirma la procedencia de la demanda por accidente de trabajo y la condena a la aseguradora al pago de la indemnización, rechazando la demanda por enfermedad profesional, por no acreditarse la relación causal.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor LEDESMA Marcelo Fabio demanda a la Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. por incapacidad derivada de un accidente de trabajo ocurrido el 7/2/2017, en el que sufrió rotura de menisco en la rodilla izquierda. La causa fue aceptada como accidente laboral, y se brindaron prestaciones médicas. El tribunal evaluó las pruebas periciales médicas y psicológicas, concluyendo que la incapacidad parcial y permanente es del 13,42%, derivada del accidente, y que el daño psicológico también tiene relación causal, asignando un porcentaje de incapacidad del 5%. La sentencia condena a la aseguradora a abonar la suma de $20.857.317,37, actualizada y con intereses a partir de la fecha del siniestro. La demanda por enfermedad profesional, en cambio, fue rechazada por falta de relación causal. La Cámara confirma la procedencia de la acción y la cuantía de la indemnización, argumentando que la cobertura asegurativa fue acreditada y que la incapacidad y secuelas están debidamente fundadas en las pericias médicas y psicológicas, las cuales no fueron desvirtuadas por la demandada. Asimismo, se rechaza la inconstitucionalidad de normas legales y decretos invocados por las partes, y se ordena el pago en el plazo y forma establecidos. Fundamentos principales:
- Se acreditó la mecánica del accidente y el nexo causal con las patologías constatadas mediante las pericias médico-legales.
- La pericia médica determinó una incapacidad física y psíquica del 28,43%, con un ajuste posterior a 13,42% tras impugnaciones y análisis de las pruebas.
- La relación laboral y la cobertura asegurativa fueron probadas; la aseguradora recibió la denuncia y brindó prestaciones.
- La acción por enfermedad profesional fue rechazada por no acreditarse la relación causal ni la incapacidad derivada.
- La suma de condena se calcula conforme a la Ley 24.557, actualizada por la tasa RIPTE, y se fija en $20.857.317,37.
- Las costas se imponen a la parte vencida, y se difiere la regulación de honorarios.
- En caso de mora, se aplicarán intereses según la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.

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