ROMERO CARLOS GABRIEL C/ INSAURRALDE ALBERTO LUIS S/ DESPIDO
La Cámara de San Isidro confirmó la sentencia que rechazó la demanda por inexistencia de vínculo laboral y declaró inconstitucional el artículo 7 de la Ley 23.928, condenando en costas al actor. La decisión se fundamenta en la falta de prueba suficiente y en la inconstitucionalidad de la norma legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Carlos Gabriel Romero contra Alberto Luis Insaurralde, reclamando reconocimiento de vínculo laboral, deudas salariales y otros conceptos. La parte demandada negó la relación laboral y la titularidad de los comercios. El tribunal analizó la prueba, especialmente declaraciones testimoniales, y concluyó que no se acreditó la existencia del vínculo, por lo que rechazó la demanda. Además, declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 23.928, por afectar el principio de razonabilidad y el valor del crédito laboral ante la inflación, y dispuso la aplicación del índice RIPTE y un interés del 6% anual para actualización. La fundamentación jurídica cita jurisprudencia local y nacional, resaltando la vulnerabilidad del trabajador y la necesidad de protección del derecho social. Se reafirmó que la carga de la prueba recae en el actor y que la prueba aportada fue insuficiente para acreditar la relación laboral. La sentencia también impone costas y regula honorarios profesionales.
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