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DOPOZO LAURA SOLEDAD C/ CREDIBA S.A. S/DESPIDO

La Justicia laboral reconoce la existencia de despido discriminatorio por enfermedad y condena a la empleadora a pagar indemnización, daño moral y a entregar certificados laborales. La sentencia destaca la importancia de la prueba y la protección frente a conductas discriminatorias.

Dano moral Indemnizacion Dano psicologico Prueba pericial Enfermedad laboral Relacion laboral Despido discriminatorio Certificados laborales Ley 23.592 Proteccion derechos humanos

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Laura Soledad Dopozo, demanda a CREDIBA S.A. por despido discriminatorio motivado en su enfermedad, concretamente carcinoma de tiroides. La demandante afirma que fue despedida sin causa el 6 de marzo de 2015, tras una intervención quirúrgica y un tratamiento con yodo radioactivo, con pleno conocimiento de la empleadora. La demandada niega la causa discriminatoria y reconoce la relación laboral y los hechos, pero cuestiona la veracidad de la enfermedad y la afectación laboral. La prueba pericial psicológica y médica, así como los testimonios, concluyen que la enfermedad fue conocida por la empleadora y que el despido estuvo motivado en ella, configurando un acto discriminatorio que genera daño moral y multa. La sentencia, por mayoría, hace lugar a la demanda y condena a la empleadora a pagar la suma de $7.156.090,92 por daño moral, multa por incumplimiento del art. 80 LCT, intereses y a entregar certificados laborales, con costas. La resolución destaca que la conducta de la empleadora fue arbitraria y violatoria de derechos fundamentales, constituyendo un despido discriminatorio por motivo de salud.

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