GIANNI ESTEBAN JUAN EDUARDO C/ PROVINCIA ART SA S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara del Trabajo de Quilmes reguló los honorarios del letrado del trabajador en la causa de rechazo de contingencia, confirmando la regulación en base a la actuación exitosa en el expediente administrativo que revierte el rechazo de la ART y establece el derecho a la percepción de honorarios por la gestión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Doctor Gianni Esteban Eduardo, promovió demanda contra PROVINCIA ART S.A. para que se le regulen honorarios por su actuación en un expediente administrativo por rechazo de contingencia de un accidente laboral del trabajador Gallardo Gabriel Alejandro. La parte demandada argumentó que la actuación en sede administrativa corresponde a gratuidad por la normativa vigente (Ley 24.557, Decreto 717/96), solicitando el rechazo de la acción. La Comisión Médica aceptó la contingencia como accidente de trabajo, revocando el rechazo inicial de la ART. El tribunal consideró que, dado el resultado favorable obtenido por el letrado en sede administrativa, corresponde hacer lugar a la regulación de honorarios, aplicando la Ley N° 14.967, en la suma de 10 jus (equivalente a $422.190), más aportes y IVA. La sentencia destaca que la actuación del profesional fue conducente a obtener el resultado favorable, y que en este caso, la actividad excede la gratuidad prevista para procedimientos administrativos, habilitando la regulación de honorarios. Los honorarios se regulan en función del resultado obtenido, la labor desarrollada y el tiempo empleado, y se fijan en esa suma, con costas por su orden por tratarse de una cuestión de pura derecho. El tribunal confirma la procedencia de la regulación y la cuantificación propuesta.
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