BARRAGAN CECILIA EDITH C/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La sentencia regula los honorarios profesionales de la letrada actora en un caso de divergencia en prestaciones en especie de accidente laboral; el tribunal hace lugar a la regulación solicitada, considerando la trascendencia y resultado de la gestión administrativa.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, doctora Cecilia Edith Barragan, promueve una acción contra GALENO ART S.A. para que se regulen sus honorarios por su actuación en el expediente administrativo N° 120089/23, relacionado con divergencia en prestaciones en especie por accidente laboral del trabajador Carlos Daniel Catania, tramitado ante la Comisión Médica N° 373 de Quilmes. La demandada, GALENO ART S.A., contesta rechazando la demanda alegando que no se ha determinado incapacidad ni se han realizado audiencias médicas y que aún no culmina la vía administrativa. La actora replica y solicita sentencia. El expediente administrativo evidencia que la Comisión Médica dictaminó que el trabajador debía seguir recibiendo prestaciones en especie, revocando el alta médica otorgada por la ART sin incapacidad. El tribunal, tras analizar las actuaciones, concluye que las gestiones de la letrada lograron revertir un dictamen que favorecía a la aseguradora, por lo que corresponde regular los honorarios conforme a la Ley 14.967, considerando la importancia del resultado obtenido, la labor desarrollada, y el tiempo empleado. Se regula la suma de 10 Jus (equivalente a $422.190), más aportes y IVA, y se imponen costas a la parte demandada. La regulación se fundamenta en que las actuaciones fueron de trascendencia y que el resultado fue favorable a la parte actora, justificando la procedencia del honorario.
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