GILLY MARÍA DE LOS MILAGROS C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Quilmes confirmó la regulación de honorarios a favor de la letrada Gilly María de los Milagros, por su actuación en un proceso administrativo de reconocimiento del carácter laboral del accidente del trabajador, considerando la existencia de una actuación exitosa y el carácter extrajudicial del trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante, doctora Gilly María de los Milagros, promovió demanda contra Provincia ART S.A. para que se regulen sus honorarios profesionales por su actuación en el expediente administrativo N° 027064/24, tramitado ante la Comisión Médica 373 de Quilmes, relacionada con el rechazo de una contingencia AT/EP. La actora solicitó la aplicación del artículo 21 de la ley 14.967 en atención a lo dispuesto en el artículo 44 inciso 1° de dicha ley. La demandada, en su contestación, pidió que se impongan costas por su orden. La causa fue tramitada en sede administrativa y la Comisión Médica reconoció el carácter profesional y laboral del accidente, revirtiendo la dictaminada por la ART. La Cámara consideró que, conforme a la normativa aplicable y a la trascendencia del resultado, procede hacer lugar a la regulación de honorarios en favor de la letrada actora, aplicando la ley arancelaria local N° 14.967. Se destacó que la actuación fue exitosa, logrando revertir la decisión inicial de la ART, y que la naturaleza del trámite fue administrativo con fines de reconocimiento del carácter laboral del accidente. La regulación de honorarios se fijó en 10 jus, equivalente a $422.190, más aportes y cargas fiscales, y las costas por su orden. La sentencia fue dictada en virtud de la normativa vigente y la trascendencia del resultado logrado en sede administrativa, confirmando la decisión del tribunal de primera instancia.
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