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URQUIZA MARCOS DAVID C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

La Cámara de Apelaciones en lo Laboral de Escobar confirmó la condena a la aseguradora a pagar una suma por indemnización de $12.828.421,34, por incapacidad parcial y permanente, tras analizar la constitucionalidad de normas y la actualización del monto indemnizatorio.

Recurso de apelacion Actualizacion monetaria Incapacidad permanente Inconstitucionalidad Jurisprudencia Accidente in itinere Derechos constitucionales Indemnizacion laboral Responsabilidad del asegurador Ley 24.557

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Marcos David Urquiza, demanda a Provincia aseguradora de riesgos del trabajo SA por accidente in itinere ocurrido el 31/03/2022, en circunstancias en que circulaba en motocicleta hacia su domicilio tras su jornada laboral, impactando con una rueda en el camino. La aseguradora reconoció el contrato de cobertura y otorgó prestaciones médicas hasta el alta el 01/07/2022, sin secuelas incapacitantes según dictamen de la comisión médica. La sentencia de primera instancia declaró una incapacidad del 8.55% y condenó a la aseguradora a abonar $12.828.421,34, actualizada según índices y con intereses. Fundamentos principales: "El accidente ocurrió en circunstancias ajenas a negligencia del empleador o aseguradora, en un contexto de accidente in itinere, por lo que la ley 24.557 no resulta aplicable en su totalidad, y sus arts. 21 y 22 deben ser declarados inconstitucionales por vulnerar el juez natural y el debido proceso (conf. arts. 18, 75 inc. 12, 121 CN). La ley 26.773, en su art. 3, que establece un pago adicional del 20% en estos casos, es constitucional y debe aplicarse. La incapacidad fue evaluada en 8.55%, y la fórmula de actualización del monto indemnizatorio se ajustó a principios de razonabilidad y reparación integral, considerando la inflación y la variación del índice RIPTE, con intereses del 3% anual desde la primera manifestación invalidante." "Se rechazaron las inconstitucionalidades planteadas respecto de normas que limitan la competencia jurisdiccional en materia de riesgos del trabajo, por ser contrarias a la Constitución Nacional y Provincial, en virtud de la naturaleza privada del reclamo y la protección del derecho de propiedad y reparación." "Asimismo, se declaró la constitucionalidad del art. 3 de la ley 26.773, que regula el pago adicional en accidentes in itinere, y se aplicaron las fórmulas de actualización y cálculo de la indemnización, considerando los precedentes jurisprudenciales nacionales y provinciales. La condena se impuso en el plazo de diez días a partir de la acreditación de los datos bancarios del actor."

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