MEDINA CAROLINA DENISE S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
La sentencia declara la quiebra de Carolina Denise Medina, ordena la designación de un síndico, la inhibición general de bienes, el desapoderamiento, la publicación de edictos y la verificación de créditos, estableciendo medidas cautelares y procedimientos para la administración y liquidación del patrimonio del fallido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La autoridad judicial ha decretado la quiebra de Carolina Denise Medina, domiciliada en Domselaar, San Vicente, Provincia de Buenos Aires, en virtud de los requisitos cumplidos según la Ley 24.522. La resolución ordena la designación de un síndico de la lista correspondiente, estableciendo el sorteo para el 25 de agosto de 2025 y notificando a los respectivos registros públicos para la inhibición y embargo de bienes. La medida de inhibición general y desapoderamiento afecta todos los bienes del fallido, prohibiendo pagos y movimientos económicos, y se ordena la publicación de edictos en el Boletín Oficial. La sentencia además regula la presentación de créditos por parte de acreedores anteriores, estableciendo plazos y montos, y ordena remitir procesos judiciales pendientes contra el fallido, con excepción de ciertos tipos de juicios. Se dispuso también que el proceso tramitará bajo las normas de pequeñas quiebras, y se autorizó el cese de descuentos sobre los haberes del fallido, afectando el 20% de estos para el pago del pasivo. La resolución contempla medidas para la administración de activos, control de créditos y protección del patrimonio del fallido. La decisión se fundamenta en que la situación del fallido requiere una intervención judicial para garantizar la continuidad del proceso de liquidación y protección de los derechos de los acreedores, conforme a la Ley 24.522 y sus reglamentaciones. No se presentan votos en disidencia y las resoluciones corresponden a la Primera Instancia de la Provincia de Buenos Aires.
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