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CARTASUR CARDS S.A. C/ KALCZYK MARIA AZUCENA S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia rechaza la ejecución por el pagaré nº 5450348 por incumplimiento de requisitos legales y confirma la ejecución por el pagaré nº 5369556, con ajuste en el monto y condiciones de intereses, fundamentando la aplicabilidad de la Ley de Defensa del Consumidor y las normas protectorias del derecho del consumidor.

La parte actora, CARTASUR CARDS S.A., inició una ejecución contra MARIA AZUCENA KALCZYK basada en dos pagarés, reclamando $105.155,00 más intereses y costas, vinculados a créditos para consumo. La jueza, tras analizar la documentación, concluyó que el pagaré nº 5450348 no cumple con los requisitos del art. 36 de la Ley 24.240, por lo que no es hábil para la vía ejecutiva y se rechaza la ejecución respecto de dicho documento. En cambio, el pagaré nº 5369556 cumple con los requisitos legales y la ley de defensa del consumidor, por lo que la ejecución continúa respecto de ese título, ajustando el monto a $40.232,33 y estableciendo intereses y tasas conforme a la normativa aplicable. La sentencia también destaca que las leyes de protección al consumidor son de aplicación inmediata y que en casos de duda, se favorece la norma más favorable al consumidor. La mora se presume automáticamente por acuerdo de las partes, y se fija un interés pasivo promedio del Banco Central. La sentencia además admite la posibilidad de aplicar intereses punitorios, ajustando su tasa a la tasa pasiva promedio del mercado. Fundamentos principales: "El artículo 7 del Código Civil y Comercial establece la aplicación inmediata de las normas más favorables al consumidor a las relaciones jurídicas existentes, incluyendo las previas a las modificaciones del art. 36 de la ley 24.240. Las leyes de protección al consumidor, sean supletorias o imperativas, son de aplicación inmediata, sustentado en la Constitución Nacional y en el carácter protectorio del derecho de consumo." "El art. 36 de la Ley 24.240 impone que en los instrumentos de operaciones de crédito para consumo se consignen datos claros y precisos, como la tasa de interés efectiva anual y el costo financiero total. El pagaré nº 5450348 no satisface estos requisitos, por lo que no resulta hábil para el proceso ejecutivo." "En cambio, el pagaré nº 5369556, que instrumenta una relación de consumo, cumple con los requisitos y la normativa de protección del consumidor, por lo cual continúa la ejecución, ajustando el monto a $40.232,33, intereses y tasas según lo dispuesto." "El incumplimiento del requisito de información en el pagaré nº 5450348 determina su inhabilidad para la vía ejecutiva, conforme a la ley 24.240 y la jurisprudencia aplicable." "Respecto a los intereses, la omisión en el

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