CARBONE EDUARDO EZEQUIEL C/ IRIART MIRTA DORA S/DAÑOS Y PERJ. DEL./CUAS. (EXC.USO AUT. Y ESTADO)
La demanda por daños en la pared medianera del inmueble de Carbone contra Iriart fue aceptada. El tribunal concluyó que la causa de los daños fue el acopio de arena sin protección por parte de Iriart, responsabilizándola y condenándola a pagar $363.000, más intereses y costas. La sentencia fundamenta que la prueba pericial y la prueba documental acreditan la existencia de arena apoyada sobre la pared medianera, generando empuje horizontal que provocó fisuras y humedades en la propiedad de Carbone, sin que se hayan acreditado otras causas posibles, como defectos estructurales o vibraciones por tránsito vehicular. La responsabilidad de Iriart se establece en base a la prueba presuncional fundada en hechos reales, precisión y concordancia de los informes periciales, testimonios y acta notarial, en aplicación del art. 2730 del CC. La reparación se fija en $363.000, y los intereses desde la mediación frustrada, aplicando la tasa del 6% anual desde el 10/6/2015 hasta 28/7/2021, y la tasa pasiva posterior. Se imponen las costas a la demandada por ser parte vencida.
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