T G, J O c/ GRUPO SANCOR SALUD - OSPERSAAMS s/AMPARO LEY 16.986
La Cámara Federal de Córdoba declaró la cuestión abstracta y dejó sin efecto el pronunciamiento sobre el recurso de apelación, por haberse alcanzado un acuerdo entre las partes que hizo abstracta la controversia.
- Quién demanda: T. G., J. O.
¿A quién se demanda?
Grupo Sancor Salud
- OSPERSAAMS
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura integral de medicamentos para diabetes y honorarios en proceso de amparo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró abstracta la cuestión del recurso de apelación, en virtud de que las partes acordaron desistir del recurso y renunciar a intereses, por lo que la controversia perdió interés jurídico.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución menciona que ambas partes acordaron desistir del recurso y renunciar a intereses, lo que hace que la cuestión haya devenido abstracta, siguiendo precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que señalan que la continuidad del proceso es innecesaria cuando las partes han llegado a un acuerdo que resuelve el conflicto de manera definitiva. La sentencia señala: “se desprende que las partes convienen en que la parte demandada desista del recurso interpuesto en contra de la resolución en crisis, mientras que la parte actora renuncie a la aplicación de intereses de la Tasa Pasiva del BCRA. Por ende, resulta fácil concluir que ya no cabe pronunciamiento en esta Alzada, pues se trata de una cuestión que ha devenido abstracta”.
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