Logo

FLORES MIRTA FELISA Y OTRO/A C/ UNIDAD CORONARIA MOVIL QUILMES SA Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Se homologa un acuerdo entre las partes en una causa por daños y perjuicios derivados de un accidente. El tribunal aprueba el acuerdo y regula los honorarios profesionales, costes y costas, considerando las leyes aplicables, la ley de honorarios y la proporcionalidad en la retribución de los servicios profesionales.

Danos y perjuicios Honorarios profesionales Mediacion Regulacion de costas Costas en el orden causado Honorarios de peritos Honorarios de abogados Homologacion de acuerdo Ley 14.967 Jurisprudencia en honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia homologó un acuerdo alcanzado entre las partes en el expediente "Flores Mirta Felisa y otro/a c/ Unidad Coronaria Móvil Quilmes S.A. y otro/a s/ Daños y Perjuicios Automotores". Se confirmó la validez del convenio y se dispuso que las costas sean soportadas en el orden causado, conforme a las reglas del art. 68 y sgtes. del CPCC. Además, se reguló el pago de honorarios profesionales a los abogados y peritos intervinientes, aplicando la legislación vigente en materia de honorarios, incluyendo la Ley 14.967, y considerando la tarea desarrollada, la proporcionalidad y la importancia del trabajo. La regulación de honorarios fue exhaustiva y en línea con la jurisprudencia y principios de justicia contractual y profesional. Se destacó que la homologación del acuerdo implica la aceptación de las condiciones pactadas y la ratificación de los honorarios y costas. La sentencia también estableció que los honorarios de la mediadora se regulan en función del trabajo realizado, en la suma equivalente a 2 IUS ARANCELARIOS, más aportes e IVA, conforme a la legislación específica.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar