RIVAS GONZALO ALFREDO C/ MALET EDUARDO ARIEL Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (ACUMULADO)
Responsabilidad civil por daños en accidente de tránsito. La Cámara de Quilmes confirmó la condena por responsabilidad objetiva y valoró la mecánica del siniestro, la prueba testimonial y pericial, ampliando la indemnización y ajustando intereses y costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor Marcelo Altafini promovió demanda por daños y perjuicios contra Eduardo Malet y Jorge Scacciaferro, por la colisión de su motocicleta con el vehículo Peugeot 505 conducido por Malet, ocurrido el 29/05/2008 en Quilmes. La demandada Liderar Seguros contestó en garantía, negando responsabilidad y atribuyendo culpa a la víctima. La otra parte, Gonzalo Rivas, también reclamó por el mismo siniestro, con defensa similar. El tribunal consideró probado que Malet, al intentar incorporarse a la calle San Martín desde estacionamiento, infringió normas de tránsito y generó el impacto, siendo responsable por la mecánica del accidente. Las versiones de los demandados no lograron desvirtuar la prueba testimonial y pericial que acreditan la conducta negligente del conductor. La responsabilidad se extendió a la aseguradora por la cobertura del seguro obligatorio, ajustada a la realidad del daño y la normativa vigente. El tribunal valoró la prueba documental, testimonial y pericial, confirmando la mecánica del siniestro y la responsabilidad del demandado Malet, así como de los asegurados y citados en garantía. La condena incluyó la totalidad de los montos reclamados, actualizados y con intereses desde la fecha del hecho (29/05/2008). Además, se declaró la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928, en su aplicación al caso. Fundamentos principales: El análisis de la mecánica del siniestro revela que Malet, al reanudar la marcha sin señalizar ni tomar precauciones, infringió normas de tránsito, generando la colisión. La prueba testimonial, particularmente la declaración del testigo Ayala, es coherente y creíble, confirmando la versión de los actores. La jurisprudencia sobre responsabilidad objetiva en accidentes de tránsito y la valoración del trabajo pericial refuerzan la responsabilidad del demandado. La responsabilidad de la aseguradora se fundamenta en la cobertura del seguro obligatorio y en la evaluación del daño, ajustada a la normativa vigente. La condena se fundamenta en la responsabilidad del conductor y en la extensión de la cobertura asegurativa, considerando el daño físico, moral, psíquico y los gastos asociados, con la actualización monetaria y los intereses correspondientes.
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