BANCO CREDICOOP COOPERATIVO LTDO C/ GODOY LEANDRO DANIEL Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
El tribunal resolvió el rechazo del planteo de inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928 y ordenó la ejecución del crédito por $28.480,12, con intereses según el contrato de mutuo. La decisión se fundamenta en que la norma no resulta aplicable al caso de obligaciones de dar sumas de dinero, como el mutuo garantizado con pagaré.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Banco Credicoop, en calidad de actor, demanda a Leandro Daniel Godoy y María Florencia Sarina por el cobro ejecutivo de una deuda derivada de un mutuo garantizado con un pagaré, por un monto de $28.480,12, más intereses. La sentencia analiza la constitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la Ley 23.928, ratificados por la ley 25.561, y su compatibilidad con la doctrina "Barrios" de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Buenos Aires. Se concluye que dicha doctrina no resulta aplicable al caso, dado que la obligación es de valor, pero en el presente, se trata de una obligación de dar una suma de dinero determinada, por lo que la normativa en cuestión no afecta la validez del reclamo. El tribunal desestima la capitalización solicitada y ordena el cumplimiento de la ejecución, con límites en los intereses, en atención a las disposiciones del Código Civil y Comercial. La sentencia también resalta que la acción fue presentada en tiempo oportuno, y que la normativa impugnada no resulta inconstitucional para el caso concreto, por lo que se rechaza el planteo de inconstitucionalidad y se continúa con la ejecución.
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