CFN S.A. C/ DOBLARE MARIA ELENA S/ COBRO EJECUTIVO
La sentencia ordena la ejecución del pago por parte de la demandada por un monto de $225.680,81, más intereses pactados desde la mora, y confirma que la parte demandada perdió el derecho a oponer excepciones por no haber presentado defensa en tiempo. La resolución fundamenta que la parte no opuso excepciones legítimas y que el proceso continúa en ejecución hasta el pago completo.
- Quién demanda: CFN S.A.
¿A quién se demanda?
MARIA ELENA DOBLARE
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago del capital de $225.680,81 y los intereses pactados desde la fecha de mora (05/04/2022) hasta el pago efectivo.
¿Qué se resolvió?
Se ordena la continuación de la ejecución hasta que la demandada abone la suma reclamada y los intereses, limitando estos últimos a una vez y media la tasa de interés del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La parte demandada perdió su derecho a oponer excepciones por no haberlas presentado en tiempo, y se fija que las costas son a su cargo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar en tiempo oportuno". "en virtud de lo dispuesto por los arts. 540 y 549 del CPC corresponde mandar llevar adelante la presente ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga a la emplazante íntegro pago del capital reclamado". "respecto a los intereses punitorios estipulados en la cambial de ejecución, no existe prohibición de pactar dichos intereses, pudiendo incluirse una cláusula especial que los fije para el caso de incumplimiento". "los intereses compensatorios deben correr desde la fecha de la letra, si no se indica una distinta, en este caso desde el 05/04/2022". "las costas a la parte demandada (art. 68, 556 y ccs. CPC)". Disidencia: No se registra disidencia.
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