MARCOTRIGIANO, JORGE ISMAEL c/ TALLER CESAR S.A. (EN QUIEBRA) Y OTROS s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena a los demandados por el vínculo laboral no registrado y responsabilidad en la gestión societaria, ratificando la decisión de primera instancia y rechazando los agravios de los recurrentes.
¿Quién es el actor?
Jorge Ismael Marcotrigiano
- Demandados: Taller César S.A., César Omar Estigarribia y Estela Di Meo
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y reconocimiento de relación laboral no registrada desde diciembre de 2017
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, condenando solidariamente a los accionados por la relación laboral no registrada, basándose en la presunción del art. 57, LCT, y en la declaración testimonial de Arjona que detalló las tareas y horarios del actor en el taller, además de la responsabilidad solidaria de Estela Di Meo por ser representante legal y por incumplimientos en la registración del vínculo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La declaración testimonial de Arjona resulta esclarecedora en lo relativo a las tareas prestadas por Marcotrigiano en el ámbito del taller demandado, modalidad de las mismas y extensión de la jornada brindando así un marco fáctico sólido, coincidente con los extremos invocados en la presentación inaugural. La misma luce circunstanciada y basada en extremos fácticos vivenciados por el testigo, generando convicción en la valoración de la prueba, y no existiendo contradicciones o circunstancias que la debiliten." "En cuanto a la responsabilidad de la Sra. Di Meo, la norma aplicable (arts. 59 y 274 de la ley 19550) establece responsabilidad solidaria de los administradores y representantes por incumplimientos en la gestión, en este caso, en la registración del vínculo laboral, sin que se haya demostrado oposición o diligencias para evitar dicho incumplimiento." "El tribunal rechazó los agravios respecto a la valoración probatoria y a la omisión de tratamiento de la excepción de falta de legitimación pasiva, considerando que la sentencia de primera instancia se fundó en hechos probados y en la normativa aplicable, y que la declaración testimonial de Arjona es suficiente para acreditar la relación laboral."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: